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Preguntas Frecuentes

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 ¿Qué trámites tengo que hacer para legalizar mi vivienda?

Respuesta enviada por IPF: Como cada caso es diferente, se analiza cada uno para determinar la respuesta que le corresponda. Ponemos a su disposión la siguiente Gaceta Oficial que abarca toda la información sobre el tema.

¿Qué obligaciones  tienen  los delegados con sus electores?

Los delegados están obligados a:

- Mantener un vínculo real, premanente y sitemático con los electores, atendiendo y visualizando los asuntos planteados por estos.

- Trabajar constantemente para conocer los problemas que afectan a sus electores y las causas que lo generan.

- Reunirse con sus electores al menos dos veces al año con el objetivo de rendir cuenta de su gestión personal.

- Exigir para que nunca se deje de dar una explicación a cada ciudadano que vaya a solicitar o pedir algo, para que nunca se le mienta y se le explique con honestidad y franqueza si se puede o no resolver su problema.

- Trabajar sistemáticamente para que se cree en todos lo centros de producción y servicios el hábito de tratar esmeradamente al público.

¿Qué documentos se necesitan para adquirir la licencia de construcción?

Se acompaña a la solicitud de la persona natural documento del Derecho Perpetuo de Superficie, propiedad del solar yermo o la cesión de uso de azotea, en el caso de nuevas construcciones, y título de propiedad de la vivienda en su caso.

Para obtener la Licencia de Construcción debe contarse con el proyecto ejecutivo, emitido por la entidad facultada (actualmente Arquitecto de la Comunidad) o la certificación técnica del proyecto en caso de que haya sido elaborada por otro personal facultado.

El proyecto ejecutivo se elabora a partir del Certificado de Regulaciones Urbanas y Territoriales que emite la DMPF.

Elaborado el proyecto se entrega al funcionario de Planificación Física (OGTV) para su revisión y, una vez aprobado, se procede a emitir la Licencia de Construcción.

Término para la revisión del proyecto: 30 días hábiles posteriores a su entrega.

Término para emitir la Licencia de Construcción: 30 días hábiles posteriores a la entrega del proyecto aprobado.

Para la construcción de vivienda por esfuerzo propio en fincas rústicas, propiedad de un pequeño agricultor, además de lo anterior se acompaña de la autorización del Ministerio de la Agricultura y visto bueno de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP).

¿Qué documentos se necesitan para adquirir el Dictamen Técnico de descripción, tasación, medidas y linderos se emite por la DMPF? 

Presentar ante el funcionario de Planificación Física (OGTV): titularidad del inmueble y levantamiento en planta, descripción del inmueble y cálculo de tasación (Documento Técnico) elaborado por la entidad autorizada (actualmente Arquitecto de la Comunidad).

Término: 20 días hábiles. Sello: $5.00.

Las medidas y linderos fijadas por la Dirección Municipal de Planificación Física en el Dictamen Técnico se actualizarán de oficio mediante certificación catastral.

 

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